Llega la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la cuestión de los filtros P2P: están prohibidos. Por lo tanto, deben buscarse otras vías para proteger los derechos de los autores.
I filtros P2P antipiratería están desde hoy oficialmente prohibidos: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado en este sentido, considerando el procedimiento legal entre el ISP belga Scarlet y SABAM.
Esto significa que los proveedores de servicios no podrán aplicar filtros de forma preventiva para evitar que los usuarios descarguen material a través de sistemas P2P.
Además, se establece que los jueces nacionales no podrán aceptar tal comportamiento por parte de los proveedores, ni podrán imponerles la aplicación de filtros.
De hacerlo, se vulnerarían una serie de derechos de los usuarios: como se lee en los documentos hechos públicos «Una orden de este tipo no respeta la prohibición de imponer a dicho proveedor una obligación general de vigilancia ni la necesidad de garantizar un justo equilibrio entre el derecho de propiedad intelectual, por un lado, y la libertad de empresa, el derecho a la protección de datos personales y la libertad de recibir o comunicar información, por otro.«.
Hace unos meses en FullPress ya hablamos sobre la cuestión de filtros peer to peer precisamente en referencia al caso Scarlet Extended – Sabam: en abril pasado un primer dictamen completamente alineado con la sentencia de hoy fue emitido por Cruz Villalon, abogado general de la Unión Europea. Tal como se ha afirmado en estas horas, imponer filtros no puede ser la solución ideal para limitar la piratería porque, en primer lugar, afectarían también los intereses de los clientes que no utilizan banda para descargar material ilegal; además, interferirían con el concepto de secreto de las comunicaciones y la libertad de información.
Los proveedores europeos desde hoy deberán estudiar nuevos métodos para evitar que las sociedades que protegen el derecho de autor les impongan métodos para evitar la piratería.

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